Registro Único de Proponentes
El Registro Único de Proponentes contiene la información de quienes aspiran a celebrar contratos con las entidades estatales, obtenida mediante la verificación de los requisitos habilitantes y demás información relacionada y la clasificación que cada interesado realiza al momento de su inscripción, renovación o actualización, aportando la documentación que se exige, y que es objeto de verificación documental por parte de la Cámara de Comercio respectiva.
¿Quiénes se inscriben en el Registro Único de Proponentes? Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes. (Consulte las excepciones contempladas en el artículo 221 del Decreto 019 de 2012). Después de realizada la inscripción ¿Cuál es su vigencia? La inscripción en el RUP se deberá renovar todos los años en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el quinto día hábil del mes de abril de cada año. Recomendaciones antes de diligenciar el formulario
Paso a paso para inscribirse en el Registro Único de Proponentes Paso 1: Diligenciamiento del formulario Consulte las instrucciones para el diligenciamiento del formulario RUP en www.camaradirecta.com Paso 2: Documentos soporte Consulte las listas de chequeo de los documentos que debe presentar como soporte de la información consignada en el formulario en www.camaradirecta.com. Paso 3: Radicación Para la radicación del trámite cancele los derechos de inscripción en forma virtual o en las ventanillas de cualquiera de las oficinas de la Cámara de Comercio de Bucaramanga. No olvide presentar en físico el formulario y los documentos soporte. Recuerde Una vez radicado el trámite, podrá hacer seguimiento al mismo ingresando a www.camaradirecta.com - Servicios Virtuales - Estado del trámite, digitando el número de liquidación que se encuentra en la factura.
El registro único de proponentes debe renovarse anualmente a más tardar el quinto día hábil del mes de abril, de lo contrario tendrá que empezar el proceso de inscripción nuevamente.
Mayor información: www.camaradirecta.com - Servicios Virtuales – Registro Único de Proponentes. |