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QUÉ SON LOS CENTROS DE ATENCIÓN EMPRESARIAL CAE
Los Centros de Atención Empresarial - CAE son un novedoso concepto de servicio, que las Cámaras de
Comercio ponen a disposición del sector productivo, para realizar en un solo
lugar, todos los trámites que deben realizar los empresarios al momento de constituir su empresa y formalizarse.
El objetivo de los CAE es servir como único contacto entre los comerciantes y las entidades
públicas y privadas que intervienen en el proceso de creación de empresas,
mediante tecnología y recurso humano calificado, dispuestos a brindar toda la
orientación y los servicios necesarios para que el empresario gestione la
creación y constitución de su empresa.
QUÉ SERVICIOS OFRECE EL CENTRO DE ATENCIÓN EMPRESARIAL (CAE) DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA
Servicios presenciales
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Información: En este servicio le será asignado un turno y se direcciona la
solicitud al servicio correspondiente.
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Autoconsulta: Permite realizar las consultas previas a la creación de empresas:
- Consulta de la denominación o razón social de la empresa y nombre comercial
para el establecimiento de comercio.
- Consulta de uso de suelo.
- Consulta de la actividad económica.
- Diligenciamiento de los formularios de Registro Único Empresarial y formulario
con otras entidades.
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Asesoría especializada: Obtendrá la información básica de referencia sobre la creación y formalización de su empresa, registro de libros, información de obligaciones y condiciones de industria y comercio, condiciones de sanidad y seguridad, entre otros.
Ventanilla única: Recibe documentación y pago de los derechos de matrícula mercantil.
Servicios virtuales
Por medio de estos servicios puede realizar los siguientes trámites y consultas
empresariales:
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Consulta de nombre (HOMONIMIA)
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Consulta de antecedentes marcarios
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Consulta de Código Actividad Económica CIIU
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Consulta de Usos del suelo
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Consulta tipo de empresa
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Consulta de Normatividad relativa a: Dpto. Administrativo de Planeación, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Salud, Secretaría de Gobierno, DIAN, INVIMA, entre otras.
TRÁMITES INTEGRADOS DEL CAE
Matrícula Mercantil
Toda persona natural o jurídica que ejerza una actividad comercial, debe efectuar su matrícula mercantil y renovarla
anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año. De igual manera podrá
solicitar la actualización de datos y en caso de terminar su actividad comercial
deberá solicitar la cancelación de su matrícula mercantil para evitarse costos
mayores.
El proceso de matrícula mercantil se puede surtir de manera presencial o virtual
a través de www.sintramites.com
Pago de Impuestos de Registro
Es un tributo que el comerciante paga a la Gobernación Santander
por la inscripción, entre otros, de los
actos de constitución de sociedades de acuerdo con la Ley 223 de 1995 y el
Decreto 650 de 1996, equivalente al 8x1.000 sobre el valor del capital de la
sociedad que se crea. Quien lo recauda:
La administración Departamental a través de las Entidades
Bancarias y puntos de pago en el Departamento de Santander:
CAMARA DE COMERCIO : OFICINA PRINCIPAL
BANCO AGRARIO : Floridablanca, Girón. Piedecuesta, San Gil, Socorro, Málaga, Vélez.
CASA DEL LIBRO
BANCO GRANBANCO BANCAFE. Barbosa
BANCO AGRARIO Zapatoca.
DAVIVIENDA: Barbosa
Matricula de Industria y Comercio
Las personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades
(industriales, comerciales, de servicios o financieras) gravadas, deberán
efectuar la matrícula de industria y comercio, quedando sujetas a tributar al
Municipio, de acuerdo con la actividad económica y los ingresos brutos obtenidos
de forma permanente u ocasional, con establecimientos o sin ellos.
El trámite de esta matrícula se efectuará en el momento en que la Cámara de Comercio informe a través del CAE a INDUSTRIA Y
COMERCIO del municipio, la existencia de un nuevo comerciante. Posterior a la
obtención de la Matrícula de INDUSTRIA Y COMERCIO, el comerciante deberá
anualmente declarar y pagar el impuesto de Industria y Comercio correspondiente,
dentro del plazo comprendido entre el 1 de enero y el último día hábil del mes
de marzo de cada año, ante la entidad bancaria acreditada para recibir
esta obligación.
IMPORTANTE:
Si el contribuyente deja de ejercer su actividad gravada deberá acercarse a la Alcaldía para realizar la solicitud de
cancelación de su matrícula en INDUSTRIA Y COMERCIO, a través del
diligenciamiento de un formato especial al cual deberá adjuntar copia del
certificado de cancelación de la matricula mercantil efectuada en la Cámara de
Comercio, y copia de la última declaración de Industria y Comercio con corte a
la fecha de cancelación de la matrícula mercantil ya referida. Lo anterior le
evitará costos mayores.
Inscripción libros de comercio
Es requisito para el empresario inscribir los libros de comercio. A partir de la entrada en vigencia del
Decreto 0019 del 10 de enero de 2012 artículo 175 solo se inscribirán en las Cámaras de Comercio:
los libros de registro de socios y accionistas y los actas de asamblea y Junta de Socios.
Consulta de Uso de Suelo
Todo nuevo y antiguo empresario debe cumplir con lo establecido en el PLAN DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL, a través del cual se indican, de acuerdo a las actividades
económicas, las zonas geográficas donde está permitido ejercer y los horarios de funcionamiento.
A través del CAE se efectúa dicha consulta y se reporta al Departamento de Planeación Municipal
la apertura de los establecimiento de comercio dando cumplimiento a lo establecido
por la ley 232/95.
Información Condiciones Sanitarias
Todo nuevo y antiguo empresario deberá cumplir con las condiciones sanitarias
contempladas en la ley 9 de 1979 y normas concordantes. De igual manera debe
informar a la Secretaría de Salud del municipio sobre el funcionamiento de su
unidad comercial, productiva o de servicios, trámites que se surte en el caso de
los nuevos comerciantes a través del CENTRO DE ATENCION EMPRESARIAL – CAE.
Condiciones de Seguridad
Todo comerciante deberá asegurarse del cumplimiento de las condiciones de
seguridad, las cuales se validaran por el Grupo de Prevención de Desastres,
que verificaran:
- Clase de construcción.
- Salidas de emergencia.
- Iluminación del establecimiento.
- Instalaciones eléctricas en buen estado.
- Equipo de Extinción de incendios debidamente cargado y con fecha de vencimiento.
- Equipo de primeros auxilios con elementos básicos.
- Servicio sanitario.
El funcionario del Cuerpo de Bomberos valorará y tendrá en cuenta otras
condiciones que dependen de la actividad económica y del lugar donde se
encuentre ubicado el establecimiento de comercio.
Visitas de Inspección Vigilancia y Control
Alcaldía de Bucaramanga, a través de la oficina asesora de planeación,
la Secretaría de salud y medio ambiente, Gobierno, el cuerpo de bomberos,
la Cámara de Comercio de Bucaramanga y con el apoyo de la Corporación
Financiera IFC y el Banco Mundial, implementaron el sistema Unificado de
Inspección Vigilancia y Control para los establecimientos de comercio, priorizando las visitas
de las entidades competentes acorde con
la clasificación de los establecimientos de comercio por riesgo, ALTO, MEDIO,
BAJO. (Decreto Municipal No 0011 de 2010; Decreto Municipal 0237 de 2010)
La secretaría de Gobierno municipal con el apoyo del equipo de inspectores,
realizará la validación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la
ley 232/95 y el decreto reglamentario 1879 del 29 de mayo de 2008, en los cuales
se establece para la apertura del establecimiento de comercio: la matrícula mercantil
vigente, comprobante de pago cuando se ejecute públicamente, obras musicales por
derecho de autor y Registro Nacional de Turismo tratándose de prestadores de servicios de turismo.
Cuando el establecimiento de comercio este operando, además de las anteriores, deberá cumplir con las
condiciones sanitarias señaladas en la ley 9 de 1979 y demás normas concordantes
y con las condiciones referentes a usos del suelo, intensidad auditiva, horario,
ubicación y destinación.
¡IMPORTANTE!
Recuerde que las licencias de funcionamiento, así como los conceptos previos en
materia sanitaria, bomberos, usos del suelo, no son de carácter obligatorio ni
necesarios para la constitución de su empresa. Sin embargo usted deberá cumplir
con las condiciones mínimas mencionadas y será visitado en cualquier momento por
los entes de control y vigilancia, con el fin de verificar el cumplimiento y la
veracidad de las actividades registradas y de las normativas establecidas para
cada caso.
Registro de Marcas
Si el comerciante requiere realizar la consulta de antecedentes Marcarios o
efectuar el registro de una marca, podrá adelantar dicho trámite a través del
CAE ante la Superintendencia de Industria y Comercio. Mayor
información en www.sic.gov.co
Registro de proponentes
Si requiere adelantar el proceso de inscripción o renovación de
proponentes para licitaciones públicas o procesos privados, podrá acudir al CAE
para efectuar dicho trámite.
Canales de Comunicación
Virtual
Portal de Creación de Empresas
www.sintramites.com
www.camaradirecta.com
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