Los requisitos que se describen a continuación deben realizarse una vez la empresa inicia su funcionamiento, con el fin de garantizar la seguridad social de sus empleados.

  • Inscribirse ante la Administración de Riesgos Profesionales (Privada o ISS). Así mismo es necesario que el empleador inscriba a sus empleados en una Caja de Compensación Familiar (Pagar ICBF (3% del valor de la Nómina), SENA (2%), y Cajas de compensación familiar (4%)) - Consultar ley 590 artículo 43.
  • Afiliar a los trabajadores al Sistema de Seguridad Social y de Pensiones ante las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Fondo de Pensiones.
  • Vincular a los trabajadores a los Fondos de Cesantías.
  • Inscribirse a un programa de seguridad industrial.
  • Elaboración del reglamento interno de trabajo y aprobación del Ministerio ante la Oficina de Trabajo.

 

 

Con el respaldo de la Cámara de Comercio de Bucaramanga, el Banco Interamericano de Desarrollo y la Alcaldía de Bucaramanga.

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