Los requisitos que se describen a continuación deben realizarse
una vez la empresa inicia su funcionamiento, con el fin de garantizar la
seguridad social de sus empleados.
Inscribirse ante la Administración de Riesgos Profesionales (Privada o ISS).
Así mismo es necesario que el empleador inscriba a sus empleados en una Caja de
Compensación Familiar (Pagar ICBF (3% del valor de la Nómina), SENA (2%), y
Cajas de compensación familiar (4%)) - Consultar ley 590 artículo 43.
Afiliar a los trabajadores al Sistema de Seguridad Social y de Pensiones ante
las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Fondo de Pensiones.
Vincular a los trabajadores a los Fondos de Cesantías.
Inscribirse a un programa de seguridad industrial.
Elaboración del reglamento interno de trabajo y aprobación del Ministerio ante
la Oficina de Trabajo.
Con el respaldo de la Cámara de Comercio de Bucaramanga, el Banco Interamericano
de Desarrollo y la Alcaldía de Bucaramanga.